Wednesday, July 11, 2007

Funciones del Supervisor Educativo

Funciones del Supervisor Educativo en distintos países

A) Perú
-En un país con escasos recursos económicos como Perú, es preciso cautelar el uso racional de estos recursos, tratando de optimizarlos. La supervisión puede contribuir en reducir costos:
a) En potencial humano. Reportando información y proponiendo soluciones a las irracionalidades en el movimiento de personal: nombramientos innecesarios, excesivos destaques, reemplazos no justificados, abusos de licencia, pagos indebidos por tiempo no trabajado, descuento por inasistencia, racionalización de personal excedente.
b) En racionalización educativa. Informando sobre colegios con poca población escolar, bajísima carga docente, altos índices de abandono y repetitividad.
-El supervisor puede y debe realizar investigaciones sobre múltiples aspectos: contenidos, técnicas, materiales, actitudes, abandono escolar, repetición, rendimiento, gestión.
Además, puede experimentar la introducción de alguna innovación pedagógica en alguna asignatura, grado o nivel educativo y/o localidad. Puede y debe apoyar los trabajos de investigación de los futuros maestros, ofreciéndoles la información y asesoría necesarias.
-Un supervisor solvente, profesional y moralmente, será capaz de encausar el desarrollo académico de los Docentes. Algunas acciones que puede desarrollar para este fin son:
Organizar o dar conferencias especializadas sobre temas de interés y utilidad para los docentes.
Hacer demostraciones, en forma personal o a través de terceros, sobre el desarrollo de algún tópico, método, técnica o material educativo.
Difundir bibliografía especializada y actualizada relacionada con las necesidades académicas de los docentes.
Orientar a los docentes para su participación en diversos cursos o eventos pedagógicos a nivel local, nacional.
Integrar al docente o comprometerlo en comisiones para el estudio de algún problema o el desarrollo de alguna tarea.
-La supervisión permite cautelar y orientar el entendimiento y cumplimiento de las normas, así como emitir opinión a efectos de realimentación (modificación, supresión, actualización) pertinente.
-Donde es más positivo e impactante el rol de la supervisión es en la evaluación y el asesoramiento a la Dirección y Gestión. La supervisión sirve para guiar y dirigir los esfuerzos desarrollados por los administradores, docentes y educandos, para aumentar la eficiencia del sistema educativo. Además, informa respecto a las diferentes características del personal que labora al servicio de una entidad, así como de su administración. Por la posición estratégica del supervisor, resulta el elemento más importante de la administración y tiene la obligación de guiar a los docentes y de recibir sus quejas, reclamos y sugerencias a fin de resolverlas o viabilizar su solución en los niveles competentes. La supervisión puede evaluar los diversos métodos y procedimientos de control establecidos para garantizar el cumplimiento de los objetivos institucionales.
-La supervisión verifica y cautela que la construcción curricular esté en coherencia con la misión, visión y principios pedagógicos de la escuela, que posibilite el desarrollo de capacidades que el estudiante posee como persona. La supervisión orienta y promueve la elaboración de los planes de estudios, del calendario escolar, de las actividades extracurriculares, etc., de acuerdo con las características regionales o locales, las necesidades y posibilidades de los estudiantes y las demandas de la comunidad.
-Motivar a los docentes a revisar y reformular permanentemente sus objetivos, el desarrollo de capacidades, actitudes y contenidos.
Ayudar a los docentes a mejorar sus métodos, técnicas y estrategias para lograr aprendizajes más pertinentes, significativos y creativos.
Estimular la producción de materiales educativos.
Evaluar los procedimientos y resultados de la evaluación de los aprendizajes. Para tales efectos la supervisión puede cumplir una serie de acciones tales como:
Ofrecer información pedagógica actualizada –mediante boletines o eventos- sobre variados métodos y técnicas de enseñanza-aprendizaje, material educativo.
Organizar acciones de capacitación y/o actualización, mediante cursos, talleres, demostraciones, conferencias, indicación de lecturas, ferias, círculos de lectura, redes educativas, etc., con el objeto de mejorar el proceso de enseñanza-aprendizaje.
Promover el aprovechamiento del material educativo de la comunidad y estimular la producción por parte de los docentes con los educandos.
Estimular la creatividad del Docente para que investigue y experimente nuevos procedimientos.
Fuente:
http://www.ciberdocencia.gob.pe/?id=1849&a=articulo_completo
Dirección de Educación Superior Pedagógica (DESP), órgano de línea dependiente de la Dirección Nacional de Educación Superior Pedagógica y Técnico-Profesional (DINESUTP), dependiente a su vez del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación del Perú

B) Argentina
Funciones del Supervisor:
Constitución de la zona de supervisión como objeto de análisis y ámbito central de la práctica supervisiva.
Conformación de equipos de trabajo de supervisión.
Coordinación de equipos de directivos de su zona de supervisión.
Establecimiento de compromisos de acción por parte de la supervisión tendientes a favorecer la autonomía de los establecimientos escolares.
Promoción de redes interinstitucionales que permitan potenciar fortalezas y neutralizar debilidades.
Orientación en la formulación del PEI y del PCI.
Participación en la determinación de indicadores de resultados.
Evaluación de los logros de las instituciones escolares a través de su monitoreo y seguimiento
Agente del fortalecimiento institucional de las escuelas.
Promoción de la participación escolar en las redes interinstitucionales que permitan potenciar fortalezas y neutralizar debilidades.
Promoción de Proyectos Específicos de Supervisión para implementar avances en el grado de autonomía escolar, sobre la base de la detección de la normativa y procedimientos que signifiquen obstáculos en tal sentido.
Promoción de la flexibilización de la institución escolar (tiempos, espacios y agrupamientos)
Difusión del marco normativo y legal, de los lineamientos de política educativa y de los consensos logrados en los distintos niveles.
Evaluación y adecuación de los marcos conceptuales de la capacitación institucional.
Asistencia a las escuelas diferenciada según sus capacidades y problemáticas.
Detección de capacidades y necesidades de capacitación diferenciadas en las escuelas.
Determinación de la necesidad de aplicar mecanismos compensatorios y comunicación a los niveles superiores.
Manejo de indicadores educativos de sus escuelas en especial los resultados de los Operativos Nacionales de Evaluación y de la situación socioeconómica de su región.
Integración y coordinación de las necesidades y disposición de recursos humanos, materiales (didácticos, equipamiento, infraestructura, espacio, etc.), financieros, capacitación y asistencia técnica, etc. de manera de eficientizar su uso.
Detección de innovaciones, investigación de sus efectos y difusión a otras instituciones escolares y otros niveles del sistema.
Detección de necesidades de capacitación.
Evaluación de los resultados de la capacitación sobre la base de sus efectos en las prácticas.
Fuente:
ARGENTINA. MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACIÓN. SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA.PROGRAMA NACIONAL DE CAPACITACIÓN EN ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN PARA EQUIPOS DE CONDUCCIÓN. [1996?]. Gestión por proyecto: del proyecto educativo institucional, al proyecto educativo de supervisión

C) Canarias (España)

En Canarias se ha regulado la función inspectora mediante dos decretos:
· Decreto 61/1.986 de 4 de abril, en consonancia con la ley 30/1.984 de 2 de agosto de mediada por la reforma de la función pública. (BOAC 14/4/86).
· Decreto 130/1.988 de 1 de agosto, en consonancia con la ley 23/1988 de 28 de julio, de modificación de la ley 30/1984 (BOAC de 14/9/86).
Los aspectos más significativos del funcionamiento de la inspección son la unificación de las dos direcciones territoriales existente anteriormente, configurando una sola Jefatura de Servicio vinculada a la Consejería.
Se definen las funciones de los coordinadores en las distintas áreas territoriales del archipiélago. Asimismo se precisan funciones y atribuciones de la Inspección educativa, la cual se estructura en base a lo siguiente:
- La inspección general de educación, a cargo de un inspector general que ejerce su jefatura, propone el plan de Trabajo Anual de acuerdo con la Consejería, organiza y supervisa su cumplimiento y dirige la labor de las Universidades Territoriales de Inspección educativa.
- Las Unidades territoriales de inspección educativa, constituida por todos los funcionarios que desempeñas la función inspectora en el ámbito de las respectivas direcciones territoriales de la educación. Estas unidades asisten directamente al director provincial de educación, aportando datos, informes o asesoramiento técnico. Sus efectivos se organizan en Equipos de trabajo, coordinados por uno de sus miembros que actúa de inspector coordinador de nivel.


· Función de control: es considerada la principal misión de la inspección, a través de la cual se controla el sistema educativo formal no universitario, mediante la comprobación, el cumplimiento de la normativa legal (decretos, circulares, boletines oficiales, etcétera) vigente en materia de educación en los centros públicos y privados, de Educación Infantil, Primaria, Secundaria, Educación Especial y Educación Permanente de Adultos.
· Función de asesoramiento: está dirigida hacia la mejora del Sistema Educativo y en concreto a la necesidad de aconsejar al personal docente sobre métodos y sistemas eficaces, teniendo en cuenta, a su vez, los distintos niveles y sectores de la comunidad escolar (tanto a nivel comunitario como local), mediante las correspondientes acciones de información, orientación, estimulación, etcétera.
· Función de evaluación: se caracteriza por valorar la dinámica funcional de los Centros Educativos y Servicios, en sus aspectos funcionales, personales y materiales. Es decir, se trata de analizar los distintos sectores y elementos intervinientes en el Sistema Educativo, detectando los desajustes e introduciendo los adecuados mecanismos correctores, además de facilitar las necesarias innovaciones educativas, con la finalidad de mejorar la calidad de la enseñanza.
· Función de coordinación: consiste básicamente en la realización de trabajos en conjunto de tipo técnico-pedagógico del funcionamiento de los elementos, órganos o equipos que incidan en la enseñanza. Para llevar a cabo dicha función se deberán realizar, entre otras, las actividades de armonización de equipos, la promoción de los Centros de Profesores (CEPs), la detección de zonas deprimidas educacionalmente, diseñar el mapa escolar, promocionar cuantas medidas de carácter compensatorio sean necesarias.
· Función de supervisión: esta función se efectúa mediante la revisión del funcionamiento del Sistema Educativo, por medio de la ejecución de las funciones que derivan de dicha supervisión.
Además de las funciones citadas A. MONTERO ALCAIDE nombra un par de funciones más, las cuales se resumen en:
· Función de arbitraje o mediación: se refiere al carácter intermediario del inspector, interviniendo en los posibles conflictos que puedan surgir entre los distintos sectores y miembros que forman parte de las Comunidades Educativas. Dicha función se desenvuelve en el camino de ida y vuelta que recorren por un lado las directrices, normativas, planes de la Administración, etc.; y por otra parte, la reinterpretación, acomodación, demandas y respuestas de los destinatarios.
· Funciones administrativas o de gestión en las tareas relacionadas al conocimiento de la realidad que los inspectores tienen, y su contacto con los Centros. En correlación con esta función, la intervención de los inspectores se justifica en la emisión de informes para su consideración por los servicios ya definidos, con entidad propia.

Fuente:
http://html.rincondelvago.com/asesoramiento-externo-a-los-centros-educativos.html
Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias y Centro de la Cultura Popular Canaria. Canarias.

1 comment:

mila said...

CUALES SON LAS FUNCIONES DE UN SUPERVISOR SUPERVISOR



ADMINISTRATIVAS TÉCNICAS
1) Asesorias a los docentes
I PERIODO 1) Auditorajes de matrícula 2) Visitas a las escuelas
2) Comprobación de personal faltante
3) Cuadros de matrícula inicial
4) Asesorias de Juntas de Educaciòn
y de Patronato Escolar

II PERIODO 1) Informes de Patronato 1) Asesorias a Comites a comités remunerados
2) Cuadros de Situación real 2) Revisión de Adecuaciones Curriculares
3) Asesorias de Juntas de Educación significativas para pruebas nacionales para Pruebas Nacionales


III PERIODO 1) Informe final del Rendimiento Académico 1) Revisión de Planeamientos
2) Tramitación y firma de notas de docentes 2) Visitas a las escuelas
y directores. 3) Asesorias a los docentes
3) Cierre económico de Patronato.
4) Tramitación de Fórmulas 14


Alumna: Ma. Del Milagro Umaña Chacón
Teléfono: 83-915939
Materia: Supervisión Educativa